Hogares de la Patria.-Las personas que tengan un accidente, enfermedad que merite reposo o una intervención quirúrgica y se encuentre registrado en el Instituto Venezolano de Seguros Sociales (IVSS), tendrá la obligación de llevar a su lugar de trabajo el reposo médico, éste tendrá que se ser ser validado ante dicha institución.
A partir del cuarto (4) día de incapacidad y hasta cincuenta y dos (52) semanas consecutivas, el trabajador tiene el derecho a una indemnización diaria a los dos tercios del promedio diario del salario pagado por periodos vencidos.
Ahora es más fácil! | Tu reposo será enviado por tu médico tratante directamente al correo electrónico de la empresa o al ente adscrito donde trabajas. El #IVSS trabajando para facilitar tus procesos.